Portugal: la ayuda de hasta 457,80 € por camión ya tiene ley — solicitudes en el IMT durante 10 días hábiles, pagadas por orden de llegada
El Decreto-ley n.º 199/2026, publicado el 7 de octubre, concreta la ayuda extraordinaria del Estado portugués al combustible anunciada en septiembre. Solo pueden pedirla las empresas de transporte de mercancías por cuenta ajena con licencia del IMT (Portugal), en la web del IMT, en un plazo de 10 días hábiles desde la apertura del formulario. El pago sigue el orden de presentación, hasta agotar los 30 millones de euros.
Esta ayuda es del Estado portugués y solo pueden pedirla empresas con licencia del IMT (Portugal). La ayuda extraordinaria al combustible que el Gobierno portugués anunció el 17 de septiembre ya tiene norma: el Decreto-ley n.º 199/2026 (en portugués), publicado en el Diário da República el 7 de octubre y en vigor desde el 8 de octubre. Es la norma que faltaba para saber cómo y cuándo se presenta la solicitud.
Cuánto recibe cada vehículo
El importe es fijo por vehículo, según el peso bruto, e incluye ya una parte para el AdBlue (anexo I del decreto-ley):
| Peso bruto | Ayuda por vehículo |
|---|---|
| Hasta 3 500 kg | 118,20 € |
| Más de 3 500 kg y hasta 7 500 kg | 280,80 € |
| Más de 7 500 kg y menos de 35 000 kg | 286,20 € |
| 35 000 kg o más | 457,80 € |
Los autobuses y microbuses (categorías M2 y M3) de los operadores de transporte público de pasajeros reciben 420 € por vehículo, incluidos los que funcionan con GNL o GNC (art. 4.º).
Quién puede pedirla
- Empresas y empresarios con licencia del IMT para transporte de mercancías por cuenta ajena vigente en el 3.er trimestre de 2026 (art. 2.º), y operadores de auxilio en carretera.
- El vehículo tiene que tener licencia del IMT, funcionar con combustible fósil, tener la inspección periódica al día y estar en situación regular ante el IMT (art. 3.º).
- Quedan fuera los transportes por cuenta propia. Las cooperativas agrícolas tienen una ayuda propia, gestionada por el IFAP.
Plazo corto, y quien llega primero cobra primero
- La solicitud se presenta en la web del IMT, mediante un formulario electrónico propio (art. 21.º).
- El plazo es de 10 días hábiles a contar desde el día en que se habilite el formulario. A la hora de esta noticia, la página de ayudas del IMT (en portugués) solo trataba todavía las rectificaciones de la ayuda de junio: el formulario de esta ayuda no estaba abierto.
- El pago se hace una sola vez, por orden de presentación de las solicitudes (art. 23.º, n.º 4), y solo hasta el límite de la dotación: 30 millones de euros para mercancías y auxilio en carretera (art. 19.º). Quien lo deje para el final del plazo se arriesga a encontrar el presupuesto agotado.
Qué tener preparado antes de que abra el formulario
El decreto-ley indica lo que debe incluir la solicitud (art. 21.º, n.º 3):
- identificación de la empresa y NIF;
- matrículas de todos los vehículos elegibles;
- datos bancarios para la transferencia;
- declaración de que cumple los requisitos;
- declaración de otras ayudas públicas recibidas o solicitadas para los mismos costes.
Antes de eso, conviene confirmar que ningún vehículo tiene la inspección caducada y que la empresa no tiene asuntos pendientes con el IMT: cualquiera de estos fallos deja fuera al vehículo o a la empresa.
Reglas que no hay que olvidar
- La ayuda no se acumula con otras ayudas para los mismos costes cuando la suma dé lugar a sobrecompensación; el exceso se descuenta (art. 26.º). Cuando proceda, cuenta para el límite de minimis de la empresa (art. 27.º).
- Los importes recibidos con declaraciones falsas o sin cumplir los requisitos deben devolverse, con intereses (art. 29.º). Los justificantes deben conservarse (art. 28.º).
En las gasolineras, a partir del 17 de octubre
El mismo decreto-ley obliga a las estaciones de servicio en Portugal a mostrar, junto a cada surtidor, el valor por litro de la reducción del ISP (impuesto portugués sobre los productos petrolíferos) y del IVA, con la mención «Redução ISP+IVA» («Reducción ISP+IVA») (art. 30.º). La obligación surte efecto 10 días después de la publicación, es decir, el 17 de octubre. La estación que no lo haga, o que muestre valores erróneos, se expone a una multa de 1 000 a 3 000 €.
La dotación total sube a 39,5 millones
El anuncio de septiembre hablaba de 38 millones de euros. El decreto-ley suma medio millón para las cooperativas agrícolas y un millón para maquinaria de movimiento de tierras y de la industria extractiva, hasta un total de 39,5 millones. La parte del transporte de mercancías se mantiene en 30 millones.