España elimina la exención del cinturón de seguridad para el reparto urbano desde el 1 de octubre
El Real Decreto 518/2026 suprime, a partir del 1 de octubre, la excepción que eximía del uso del cinturón a los conductores de reparto urbano durante paradas sucesivas de carga y descarga a corta distancia. Fenadismer rechaza la medida. Para quien hace distribución de última milla en ciudades españolas, la excepción desaparece incluso entre portales a pocos metros uno de otro.
El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio (BOE núm. 155, publicado el 26 de junio), modifica el Reglamento General de Circulación y suprime, a partir del 1 de octubre de 2026, la excepción del artículo 119 que eximía del uso del cinturón a los conductores de reparto urbano durante operaciones sucesivas de carga y descarga a corta distancia: la situación típica de quien entrega puerta a puerta en un centro urbano español.
Qué cambia
Hasta ahora, un conductor de reparto capilar podía circular sin cinturón entre una entrega y la siguiente, cuando las paradas quedaban a pocos metros unas de otras. Con la supresión del apartado 3 del artículo 119, esa excepción desaparece: el cinturón pasa a ser obligatorio en todo momento, incluso en estos trayectos cortos y repetidos. El cambio se enmarca en una reforma más amplia del reglamento, centrada en la protección de los usuarios vulnerables de la vía, y no distingue entre operadores de última milla y otros conductores de reparto urbano.
Circular sin cinturón sigue siendo infracción grave, con multa de 200 € y pérdida de 4 puntos.
La reacción del sector
Fenadismer pide la reversión de la medida, por considerarla desproporcionada: a velocidades mínimas entre portales, argumenta la asociación, el riesgo de lesión por no usar cinturón es prácticamente inexistente, y el efecto más probable es una ola de multas sin ganancia real de seguridad vial.
Qué cambia para quien sale de Portugal
El cambio se aplica a quien hace reparto urbano en ciudades españolas, no al transporte de larga distancia, que ya circula siempre con el cinturón abrochado. Los transportistas portugueses con operaciones de última milla o reparto capilar en territorio español deben ajustar el procedimiento de sus conductores antes del 1 de octubre, para no arriesgarse a una multa en un control de tráfico.