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Tiempos de conducción y descanso: el resumen que cabe en la cabina

Nueve horas al volante, pausa a las 4h30, descanso semanal de 45 horas. Las reglas del Reglamento (CE) n.º 561/2006 explicadas sin jerga jurídica, con las cifras que mira la inspección.

Redacción CP

Quien conduce un camión de más de 3,5 toneladas o un vehículo de pasajeros con más de nueve plazas está sujeto al Reglamento (CE) n.º 561/2006. Es este texto el que define cuánto tiempo se puede conducir, cuándo hay que parar y cuánto hay que descansar. Las reglas son las mismas en toda la Unión Europea, y la inspección — en carretera o en las instalaciones de la empresa — trabaja con las mismas cifras.

Conducción diaria

El límite normal es de 9 horas de conducción al día. Puede ampliarse a 10 horas, dos veces por semana — no más.

El “día” aquí no es el día del calendario: se cuenta entre dos descansos diarios. Si empezó a las 22h00 del martes, el período de conducción diaria continúa después de medianoche.

Conducción semanal y quincenal

  • 56 horas de conducción como máximo en una semana (de lunes 00h00 a domingo 24h00).
  • 90 horas como máximo en dos semanas consecutivas.

Es decir: si una semana hizo 56 horas, la siguiente solo puede hacer 34.

Pausas

Tras 4h30 de conducción acumulada es obligatoria una pausa de 45 minutos.

Esa pausa puede fraccionarse en dos partes, pero solo en este orden:

  1. una pausa de al menos 15 minutos;
  2. seguida de una pausa de al menos 30 minutos.

Al revés — 30 minutos y después 15 — no cumple la norma. Durante la pausa, el conductor tiene que estar libre de cualquier trabajo; cargar, descargar o hacer papeleo no cuenta como pausa.

Descanso diario

  • Descanso diario normal: 11 horas seguidas.
  • Puede fraccionarse en 3 horas + 9 horas, en este orden, dando un total de 12 horas.
  • Descanso diario reducido: 9 horas, permitido como máximo tres veces entre dos descansos semanales.

El descanso diario tiene que estar terminado dentro de las 24 horas siguientes al final del descanso anterior. De ahí sale la regla práctica de las “15 horas de amplitud”: 24 horas menos 9 de descanso reducido.

Descanso semanal

  • Descanso semanal normal: 45 horas.
  • Descanso semanal reducido: al menos 24 horas.

En cada dos semanas consecutivas el conductor tiene que disfrutar dos descansos semanales normales, o uno normal y uno reducido. Cuando es reducido, la diferencia (por ejemplo, 21 horas si hizo 24) tiene que compensarse en bloque, junto a otro descanso de al menos 9 horas, antes del final de la tercera semana siguiente.

El descanso semanal tiene que empezar, como muy tarde, al final de seis períodos de 24 horas contados desde el final del descanso semanal anterior.

Dónde se puede dormir — y dónde no

Desde el Paquete de Movilidad, el descanso semanal normal (45 horas) no puede pasarse en la cabina. El alojamiento adecuado es responsabilidad del empresario, igual que el transporte hasta ese alojamiento. El descanso semanal reducido y el descanso diario se pueden seguir disfrutando en el vehículo, siempre que tenga litera adecuada y esté parado.

El mismo paquete legislativo obliga a la empresa a organizar el trabajo de forma que el conductor pueda regresar al centro de operaciones o a su domicilio cada cuatro semanas — o cada tres, si ha disfrutado dos descansos semanales reducidos consecutivos.

Conducción en equipo

En multipresencia, cada conductor tiene que tener un descanso diario de al menos 9 horas dentro de cada período de 30 horas. La pausa de 45 minutos puede disfrutarse en el vehículo en marcha, siempre que el conductor en pausa no esté ayudando a quien conduce.

Registros a bordo

El conductor tiene que poder presentar, en carretera, los registros del día en curso y de los 56 días anteriores. Es el plazo en vigor desde el 31 de diciembre de 2024 — antes eran 28 días. Incluye la tarjeta de conductor, las hojas de registro, si todavía usa tacógrafo analógico, y las anotaciones manuales de las actividades que el tacógrafo no registra.

Lo que la inspección mira primero

En la práctica, tres cosas explican la mayoría de las infracciones levantadas en un control:

  • pausa de 45 minutos fraccionada en el orden equivocado;
  • superar las 10 horas de conducción más de dos veces por semana;
  • descanso semanal de 45 horas pasado en la cabina.

Ninguna de ellas exige cuentas complicadas. Exige solo que la planificación de la semana se haga antes de salir — y no a costa de lo que salga al final del día.

Este artículo es un resumen. En caso de duda sobre una situación concreta, consulte el texto del reglamento y la autoridad competente del país por el que circula.

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Fuentes

561/2006tacógrafoinspeccióndescanso

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